Micelio

Artículo 5

El Comité De Colonización Para El Departamento De Santander Podrá, De Conformidad Con Su Reglamento Interno, Designar El Personal Técnico Y Administrativo Que Requiera Para El Cumplimiento De Su Misión Y Organizar Sus Propias Oficinas En El Municipio De San Gil, Lo Mismo Que Señalar Los Sueldos, Honorarios Y Demás Gastos Para El Personal Técnico Y Administrativo Que Tenga A Su Servicio

Decreto 166 de 1958 · Por el cual se conceden unas autorizaciones al Comité de Colonización para el Departamento de Santander

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El Comité de Colonización para el Departamento de Santander podrá, de conformidad con su reglamento interno, designar el personal técnico y administrativo que requiera para el cumplimiento de su misión y organizar sus propias oficinas en el Municipio de San Gil, lo mismo que señalar los sueldos, honorarios y demás gastos para el personal técnico y administrativo que tenga a su servicio.

Parágrafo

Los gastos que para tal efecto tenga que hacer el Comité será con cargo a la partida señalada en el Decreto número 002 de 22 de enero de 1958.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 166 de 1958