Micelio

Artículo 6

Ley 44 de 1904 · Reformatoria de la número 48 de 1903, sobre construcción y reparación de la Carretera de Cambao

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 6.° El producto líquido que obtenga la Nación de las acciones que tiene en el Ferrocarril de la Sabana, se invertirá en la mejora de la Carretera de Cambao, y si llegare el caso, promoverá el tráfico en esa vía por medio de automóviles.

Los dividendos que distribuya esa empresa pasarán directamente á la Junta Administradora de la Carretera de Cambao.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 44 de 1904