Micelio

Artículo 2

Ley 17 de 1926 · Por la cual se dispone la construcción de una carretera y se dictan otras disposiciones sobre puentes y sobre un camino

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno Nacional construirá directamente esta obra, pero si los Departamentos de Caldas y el Tolima o uno de ellos quisiere construírla, el Gobierno contratará la ejecución de ella y el contrato que se celebre con este propósito por el Ministerio de Obras Públicas estará sometido a la ulterior aprobación del Consejo de Estado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 17 de 1926