Micelio

Artículo 3

Ley 120 de 1896 · que concede, aumenta y traspasa unas pensiones y manda pagar unas recompensas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art 3.° Concédese una pensión vitalicia de cincuenta pesos ($50) mensuales á la señora Anaís Domínguez de Manrique, viuda del Teniente Coronel Lisandro Manrique C., muerto en servicio del Gobierno; y otra de veinticinco pesos ($25) mensuales á la señora Ismenia Gómez de Domínguez.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 120 de 1896