Micelio

Artículo 20

Decreto 514 de 1905 · Por el cual se reorganiza el Ejercito de la Republica y se dicta varias disposiciones referentes al Ramo de Guerra

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 20. Habiéndose recolectado casi en su totalidad las armas, municiones y demás elementos de guerra que existían en poder de particulares, con la eficacia y oportunidad que el Gobierno reconoce á los Jefes que fueron comisionados para este efecto, elimínanse los empleos de tales comisionados, á contar del día primero de Junio próximo en adelante.

Parágrafo

Para recolectar los elementos de guerra que aún quedan por ingresar á los parques nacionales, se nombrarán nuevos comisionados señalándoles el territorio ó zona dentro del cual deben ejercer sus funciones. Estos comisionados, para todo lo referente al desempeño de su misión, directamente dependerán de los Gobernadores de los Departamentos y del Inspector general del Ejército, y durarán en servicio hasta el día 31 de Diciembre del año en curso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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