Objeto de la investigación. El funcionario de instrucción deberá practicar todas las investigaciones conducentes al esclarecimiento de la verdad sobre los hechos materia del proceso, especialmente respecto de las siguientes cuestiones:
1. Si realmente se ha infringido la ley penal;
2. Quién o quiénes son autores o partícipes de la infracción;
3. Los motivos determinantes y los demás factores que incluyeron en la violación de la ley penal;
4. En qué circunstancias de lugar, tiempo y modo se realizó la infracción.
5. Las condiciones que caracterizan la personalidad del procesado, su conducta anterior, sus antecedentes judiciales y de policía y sus condiciones de vida, y
6. Qué daños y perjuicios de orden moral y material causó la infracción.