Micelio

Artículo 30

Decreto 431 de 1995 · por el cual se reglamenta la Policía Cívica en la modalidad de voluntarios.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Devolución Elementos. El miembro de la Policía Cívica desvinculado o retirado voluntariamente de la Institución, hará entrega de uniformes, insignias, distintivos, radio y carné dentro de los ocho (8) días siguientes a la notificación de la novedad, para ello se evaluará y se le reintegrará el valor correspondiente. CAPITULO IV . PolicÍa Cívica Juvenil

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 431 de 1995