Micelio

Artículo 5068

Del Presupuesto Nacional Vigente "para Atender A La Construcción Reparaciones, Adiciones Y Mejoras De Edificios Con Destino A Establecimientos De Educación En El País, Compra De Terrenos, Locales O Edificios Para Los Mismos Establecimientos Y Otras Construcciones", Hácese La Siguiente Distribución Parcial: Ordinal 1° Para Construcción, Reparaciones, Adiciones Y Mejoras Del Colegio Carrasquilla, De Quibdó $ 40

Decreto 266 de 1959 · SE HACE UNA DISTRIBUCION PARCIAL

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero . De la partida apropiada en el Capítulo 396, artículo 5068 del Presupuesto Nacional Vigente "para atender a la construcción reparaciones, adiciones y mejoras de edificios con destino a establecimientos de educación en el país, compra de terrenos, locales o edificios para los mismos establecimientos y otras construcciones", hácese la siguiente distribución parcial: Ordinal 1° Para construcción, reparaciones, adiciones y mejoras del Colegio Carrasquilla, de Quibdó $ 40.000.00 Ordinal 2° Para construcción, reparaciones, adiciones y mejoras del Colegio Murillo Toro de Chaparral, Tollina 100.000.00 Ordinal 3° Para la construcción, reparaciones, adiciones y mejoras de la Escuela Industrial de Popayán, Cauca 150.000.00 Ordinal 4° Para construcción, reparaciones, adiciones y mejoras en la Escuela Normal Superior de Varones "José Eusebio Caro "de Popayán 150.000.00 Ordinal 5° Para construcción, reparaciones, adiciones y mejoras del Instituto Femenino de Educación Secundaria y Profesional, de Quibdó 110.000.03 Ordinal 6° Para construcción, reparaciones, adiciones y mejoras de la Escuela Normal de Rurales para Señoritas, de La Cruz de Mayo, Nariño 50.000.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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