Modificar el artículo 1º del Decreto numero 2707 de 1980 en cuanto aprobó el artículo 35 del Acuerdo número 145 de 1980. En consecuencia el texto definitivo de precitado artículo es el siguiente: Modificar parcialmente el artículo 37 del Acuerdo número 109 de 1980, por el cual se crean unos empleos en la planta de personal de la Seccional del Valle del Cauca para la Clínica de "Nuestra Señora del Carmen" de la Unidad Programática. Zonal 19 (Norte) en la localidad de Buga, para la atención de los afiliados de Buga, Darién, Restrepo y Yotoco en los siguientes términos
Suprimir los empleos que se indican a continuación: Areas y unidades fun- cionales - Nº de cargos. - Denominación Dedicación Clase Grado Atención Especializada. Especialidades Gineco-Obstétricas y Pediátricas: 1 Médico Especialista (gineco-obstetricia) Parcial (6 hs.) II 36 3 Médico Especialista (gineco-obstetricia) Parcial (4 hs.) II 36 1 Médico Especialista (pediatría) Parcial (6 hs.) II 36 Atención Especializada. Especialidades Gineco-Obstétricas y Pediátricas: 2 Médico Especialista Parcial (4 hs.) II 36 Quirófanos y Salas de Parto: 2 Médico Especialista (anestesiología) Completa II 36 Especialidades Quirúrgicas: 1 Médico Especialista (cirugía general) Completa II 36 1 Médico Especialista (urología) Parcial (6 hs.) II 36 2 Médico Especialista (cirugía general) Parcial (6 hs.) II 36 1 Médico Especialista (oftalmología) Parcial (6 hs.) II 36 1 Médico Especialista (otorrinolaringología) Parcial (6 hs.) II 36 2 Médico Especialista (ortopedia y traumatolgoía) Parcial (6 hs.) II 36 Clínicas Médicas: 1 Médico Especialista (medicina interna) Parcial (4 hs.) II 36 Atención Básica. Cooperación Asistencial: 1 Auxiliar de Servicios Asistenciales (enfermería) Completa I 12 Servicios de Apoyo. Radiodiagnóstico: 1 Médico Especialista (radiología) Completa II 36 1 Técnico de Servicios Asistenciales (radiodiagnóstico) Completa II 17 Farmacia y Despacho de Medicamentos: 3 Auxiliar de Servicios Asistenciales Completa I 12
Crear los siguientes empleos: Dirección. 1 Capellán Parcial (4 hs.) I 23 Atención Especializada. Especialidades Gineco-Obstétricas y Pediátricas: 1 Médico Especialista (gineco-obstetricia) Parcial (6 hs.) III 38 3 Médico Especialista (gineco-obstetricia) Parcial (4 hs.) III 38 1 Médico Especialista (pediatría) Parcial (6 hs) III 38 2 Médico Especialista Parcial (4 hs.) III 38 Quirófanos y Salas de Parto: 2 Médico Especialista (anestesiología) Completa III 38 Especialiades Quirúrgicas: 1 Médico Especialista (cirugía general) Completa III 38 2 Médico Especialista (cirugía general) Parcial (6 hs.) III 38 1 Médico. Especialista (urología) Parcial (6 hs.) III 38 1 Médico Especialista (oftalmología) Parcial (6 hs.) III 38 1 Médico Especialista (otorrinolaringología) Parcial (6 hs.) III 38 2 Médico Especialista (ortopedia y traumatología) Parcial (6 hs) III 38 Clínicas Médicas: 1 Médico Especialista (medicina interna) Parcial (4 hs.) III 38 Atención Básica. Euipos de Cuidado Médico: 1 Médico General Parcial (4 hs.) - 36 Cooperación Asistencial: 1 Auxiliar de Servicios Asistenciales (educación en salud) Completa I 12 Servicios de Apoyo. Radiodiagnóstico: 1 Médico Especialista (radiología) Completa III 38 Farmacia y Despacho de Medicamentos: 3 Auxiliar de Servicios Asistenciales (farmacia) Completa Í 12 Soporte Administrativo. 2 Auxiliar de Mantenimiento Completa I 10 El
quedará así:
Los enfermeros de las diferentes unidades prestarán atención a los pacientes hospitalizados, por fuera de los turnos ordinarios, de acuerdo con la programación que para el efecto determine el Director de la Clínica.