Micelio

Artículo 12

Ley 86 de 1886 · Sobre sueldos y asignaciones de los empleados nacionales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 12. Los sueldos anuales de los empleados de este ramo serán:

En los Departamentos donde las antiguas Procuradurías de Estado no hayan tenido estos dos empleos, no habrá en las fiscalías que las sustituyen y en las nuevas sino los empleados que haya habido conforme á la legislación del respectivo extinguido Estado.

ministerio de gobierno.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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