º . Efectúase el siguiente aplazamiento hasta el 31 de diciembre de 2000, en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 2000, en la suma de seis mil ciento cincuenta y siete millones doscientos cuarenta y cuatro mil pesos ($6.157.244.000) moneda legal, así: Sección 1701 Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural Unidad 1701 01 Gestión General Programa 320 Protección y bienestar social del recurso humano Subprograma 1500 Intersubsectorial desarrollo comunitario Proyecto 003 Implantación del programa de generación y fortalecimiento de la microempresa rural. Recurso 11 Otros recursos del Tesoro 100.000.000 Recurso 14 Préstamos de destinación específica 400.000.000 Programa 610 Créditos Subprograma 1100 Intersubsectorial agropecuario Proyecto 002 Subsidio a créditos pequeños productores. Nivel nacional – convenio con Finagro. Recurso 11 Otros recursos del Tesoro 500.000.000 Sección 2402 Instituto Nacional de Vías Programa 111 Construcción de infraestructura propia del sector Subprograma 601 Red troncal nacional Proyecto 108 Construcción y pavimentación vía alterna Buga – Buenaventura, Valle. Recurso 13 Recursos del crédito externo previa autorización 2.606.244.000 Sección 3201 Ministerio del Medio Ambiente Unidad 3201 01 Gestión General Programa 630 Transferencias Subprograma 900 Intersubsectorial Medio Ambiente Proyecto 001 Implantación del Fondo de Compensación Ambiental para Proyectos de Inversión. Distribución Comité Fondo Ministerio del Medio Ambiente, artículo 24 Ley 344 de 1996. Recurso 16 Fondos especiales 2.551.000.000
Decreto 2133 de 2000 →Vigente
Artículo 2
Decreto 2133 de 2000 · por el cual se modifica el Decreto 934 del 25 de mayo de 2000 y se reducen unas apropiaciones en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2000.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.