º El artículo 17 del Decreto 172 de 1992 quedará así: "En los contratos de compraventa e hipoteca referentes a la adquisición de vivienda de interés social en los términos previstos en las Leyes 9ª de 1989, 2ª y 3ª de 1991, o las que las modifiquen, adicionen o complementen, se causarán derechos notariales equivalentes a la mitad de los ordinarios señalados en la tarifa".
Decreto 1732 de 1992 →Vigente
Artículo 2
El Artículo 17 Del Decreto 172 De 1992 Quedará Así: "en Los Contratos De Compraventa E Hipoteca Referentes A La Adquisición De Vivienda De Interés Social En Los Términos Previstos En Las Leyes 9ª De 1989, 2ª Y 3ª De 1991, O Las Que Las Modifiquen, Adicionen O Complementen, Se Causarán Derechos Notariales Equivalentes A La Mitad De Los Ordinarios Señalados En La Tarifa"
Decreto 1732 de 1992 · por el cual se modifican los artículos 14 y 17 del Decreto 172 del 28 de enero de 1992.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.