Micelio

Artículo 9

Ley 376 de 1997 · por la cual se reglamenta la profesión de Fonoaudiología y se dictan normas sobre su ejercicio en Colombia.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Del servicio social obligatorio . El Gobierno Nacional teniendo en cuenta el carácter de contenido social y humanístico de la Fonoaudiología, podrá reglamentar el servicio social obligatorio para los profesionales de Fonoaudiología, cuando las necesidades de la comunidad lo requieran.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 376 de 1997