º . La suscripción de acciones hecha en los Fondos Ganaderos con anterioridad a la vigencia de la presente Ley, tendrán el mismo efecto legal de la que ha debido efectuarse en acciones del Banco Ganadero, conforme a las disposiciones del Decreto 157 de 1957.
Ley 26 de 1959 →Derogado
Artículo 9
Ley 26 de 1959 · Por la cual se fomenta la industria agropecuaria y se dictan disposiciones sobre Fondos y Banco Ganaderos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Derogado
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.