Micelio

Artículo 56

Decreto 132 de 1995 · por el cual se desarrolla la carrera profesional del Nivel Ejecutivo de la Policía Nacional.

1 sentencia lo revisó
01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Causales del retiro . El retiro del servicio activo del personal del Nivel Ejecutivo de la Policía Nacional, se produce por las siguientes causales

1.

Retiro temporal con pase a la reserva

a)

Por solicitud propia.

b)

Por llamamiento a calificar servicos.

c)

Por disminución de la capacidad sicofísica para la actividad policial.

d)

Por incapacidad profesional.

e)

Por inasistencia al servicio por más de cinco (5) días sin causa justificada.

2.

Retiro absoluto

a)

Por incapacidad absoluta y permanente o gran invalidez.

b)

Por haber cumplido sesenta y cinco (65) años de edad los hombres y sesenta (60) las mujeres.

c)

Por conducta deficiente.

d)

Por destitución.

e)

Por detención preventiva superior a ciento ochenta (180) días.

f)

Por voluntad de la Dirección General de la Policía Nacional.

g)

Por muerte.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 1996
    C-072/96ConstitucionalidadEXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
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