º . La primera evaluación se efectuará en las fechas que señale el Ministerio de Educación Nacional y se aplicará a los docentes que laboren en el nivel de preescolar, el ciclo de educación básica, el ciclo de educación media académica. Igualmente participarán en el proceso de evaluación los docentes que laboran en las áreas obligatorias y fundamentales en los institutos técnicos, establecimientos de educación media técnica o diversificada y en las escuelas normales superiores.
El Ministerio de Educación Nacional determinará las fechas en las cuales podrán participar por primera vez en su evaluación los siguientes educadores
Los que trabajan en educación especial.
Los que trabajan en educación indígena.
Los docentes en las especialidades técnicas, en la educación media técnica y el ciclo complementario de las Escuelas Normales.
Los orientadores escolares.
Todos los directivos docentes.