Suspensión o pérdida de la calidad de Usuario . El incumplimiento de alguno de los requisitos señalados en este Capítulo dará lugar a la suspensión o pérdida de la calidad de Usuario, previa valoración hecha por el Departamento de Control Comercio de Armas, Municiones y Explosivos del Comando General de las Fuerzas Militares. El Usuario sobre el cual recaigan estas decisiones podrá interponer los recursos establecidos por la ley para los actos administrativos.
El Departamento de Control Comercio de Armas, Municiones y Explosivos del Comando General de las Fuerzas Militares no podrá aceptar la solicitud de inscripción de las personas naturales o jurídicas que hayan perdido la calidad de Usuario, o de las empresas de las cuales éstas sean socias o accionistas.