Artículo 1° Abrense al Presupuesto de gastos de la vigencia en curso el siguiente crédito adicional, con la siguiente imputación:
MINISTERIO DE GOBIERNO
Congreso Nacional-Cámara del Senado.
Cámara de Representantes.
Artículo 2ª Para cubrir las dietas de noventa y dos Representantes y los sueldos de los empleados de la Secretaría de dicha Cámara, en treinta días de sesiones extraordinarias de 1918, así: