Un Depósito Del 5% Del Valor De Las Licencias De Importación Que Se Otorguen A Las Industrias Con Destino A La Introducción De Materias Primas Que Se Utilicen Según Los Acuerdos Que Apruebe La Junta Directiva De La Oficina De Control De Cambios, Importaciones Y Exportaciones
Decreto 795 de 1950 · Por el cual se aprueba la Resolución número 39 de la Junta Directiva de la Oficina de Control de Cambios, Importaciones y Exportaciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
°. Un depósito del 5% del valor de las licencias de importación que se otorguen a las industrias con destino a la introducción de materias primas que se utilicen según los Acuerdos que apruebe la Junta Directiva de la Oficina de Control de Cambios, Importaciones y Exportaciones.
Parágrafo
Cualquier anticipo requerirá un depósito del 15%.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.