Micelio

Artículo 12

Son Funciones De Los Comandantes De Zona: 1) Dirigir El Servicio Territorial Dentro De Su Zona

Decreto 2200 de 1946 · Por el cual se reglamenta la Ley 1ª de 1945, sobre servicio militar obligatorio

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de los Comandantes de Zona: 1) Dirigir el Servicio Territorial dentro de su zona. 2) Fallar en segunda instancia, por apelación o consulta, los asuntos legalmente elevados en relación con el Servicio Territorial conforme al artículo 11 de la Ley. 3) Levantar el registro militar de su Zona, resumiendo numéricamente los registros parroquiales que elabore cada Distrito. 4) Revisar, conceptuar y remitir a la Dirección del servicio los itinerarios de marcha para las correrías de reclutamiento, los presupuestos de incorporación y de escoltas, cuadros y listas correspondientes que elaboren los Comandos de Distrito. 5) Dictar, en desarrollo de las directivas generales dadas por la Dirección, las especiales que le corresponden sobre trabajos preparatorios anuales de reclutamiento y de movilización. 6) Mantener la comunicación constante con las autoridades civiles (Gobernadores, Alcaldes, etc.), con el fin de que estos funcionarios atiendan las obligaciones que sobre servicio milita les corresponden. 7) Practicar visitas de inspección a los Distritos de su dependencia por lo menos dos veces en el año. 8) Remitir a los Comandantes de Zona, las matriculas pertenecientes a los inscritos que no correspondan a Municipios de su jurisdicción. 9) Repartir proporcionalmente, de acuerdo con los datos recibidos de la Dirección del Servicio, el número de conscriptos que cada Municipio de los Distritos o Subdistritos debe suministrar en cada incorporación, teniendo en cuenta el censo de la población masculina, de acuerdo con las instrucciones dadas por la Dirección del Servicio. 10) Autorizar a los Comandantes de Distrito para suministrar de los Municipios que tengan sobrante de personal, el completo de aquellos que por causas especiales no pudieran proveerlo. 11) Solicitar de los respectivos Comandos de Brigada las escoltan que les pidan los Comandantes de Distrito para efectos de incorporación de personal. 12) Exigir a los Comandos de Distrito los recibos comprobantes de pago para que con base en éstos, rindan a la Contraloría General de la República el dato por Municipios de lo recaudado por concepto de la Cuota de Compensación Militar. 13) Colaborar con los Comandos de Brigada en el mantenimiento del orden público en el territorio de su jurisdicción, utilizando el personal a sus órdenes en el Servicio de información. 14) Rendir a la Dirección del Servicio, después de cada incorporación, el informe relacionado con los trabajos efectuados. 15) Calificar las actuaciones y trabajos del personal a sus órdenes. 16) Velar porque se cumplan las disposiciones existentes sobre el Servicio Territorial. 17) Proponer a la Dirección del Servicio los movimientos de personal cuando las necesidades del servicio así lo exijan. 18) Comunicar a las autoridades respectivas los permisos que conceda la Dirección para salir del país. 19) Controlar, por medio del personal a sus órdenes, el cumplimiento que las empresas nacionales o extranjeras, oficiales o particulares den al artículo 7º de la Ley 1ª de 1945. De los Comandantes de Distrito Militar

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

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