Artículo tercero. El Jefe del Estado de Colombia o en su defecto, un autorizado representante suyo dirigirá el 14 de abril un mensaje radial a los ciudadanos, con el propósito de asociarse, en nombre de Colombia, a los festejos conmemorativos del Día de las Américas.
Decreto 959 de 1953 →Vigente
Artículo 3
Decreto 959 de 1953 · Por el cual se celebra el Día de las Américas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.