Remisión al Incoder del listado de aspirantes . El Concejo Municipal de Desarrollo Rural enviará al Incoder, en los meses de marzo y septiembre de cada año, el listado de aspirantes al subsidio, junto con la información y documentación relativa a los conceptos de que trata el artículo 2.14.3.7. de este decreto y a la acreditación de las calidades y requisitos a los que hace referencia el artículo 2.14.3.6 del mismo. Adicionalmente, el Concejo Municipal de Desarrollo Rural emitirá las justificaciones sobre las necesidades y requerimientos de desarrollo cooperativo en materia de agropecuaria para el municipio. (Decreto número 1226 de 1997, artículo 8°)
Decreto 1071 de 2015 →Vigente
Artículo 2.14.3.8
Remisión Al Incoder Del Listado De Aspirantes
Decreto 1071 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.