Para efectos de la oferta y publicidad de los programas académicos se deberá indicar el número de créditos del respectivo programa.
Decreto 808 de 2002 →Vigente
Artículo 11
Para Efectos De La Oferta Y Publicidad De Los Programas Académicos Se Deberá Indicar El Número De Créditos Del Respectivo Programa
Decreto 808 de 2002 · por el cual se establece el crédito académico como mecanismo de evaluación de calidad, transferencia estudiantil y cooperación interinstitucional.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.