° Para la determinación de la extensión superficiaria de las reservas nacionales que deban hacerse en los monumentos a que se refiere el artículo 2° de la Ley 163 de 1959 y el artículo 3° del presente Decreto, el Consejo de Monumentos Nacionales podrá solicitar los servicios o conceptos de las entidades o institutos técnicos especializados en estos estudios.
Artículo 7
Para La Determinación De La Extensión Superficiaria De Las Reservas Nacionales Que Deban Hacerse En Los Monumentos A Que Se Refiere El Artículo 2° De La Ley 163 De 1959 Y El Artículo 3° Del Presente Decreto, El Consejo De Monumentos Nacionales Podrá Solicitar Los Servicios O Conceptos De Las Entidades O Institutos Técnicos Especializados En Estos Estudios
Decreto 264 de 1963 · Por el cual se reglamenta la Ley 163 de 1959 sobre defensa y conservación del patrimonio histórico, artístico y monumentos públicos de la Nación
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.