Micelio

Artículo 246

Ley 84 de 1873 · Código Civil de los Estados Unidos de Colombia

2 sentencias lo revisaron
01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La designacion de hijos lejítimos, aun con la calificacion de nacidos de lejítimo matrimonio, se entenderá comprender a los lejitimados tanto en las leyes i decretos como en los actos testamentarios i en los contratos, salvo que se exceptúe señalada i espresamente a los lejitimados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 2001
    C-1298/01Constitucionalidad · «Parcial»INHIBITORIO
  2. 2017
    C-247/17ConstitucionalidadINHIBITORIO
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
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