Grupo de Administración del Talento Humano. El Grupo de Administración del Talento Humano adscrito a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General, tendrá las siguientes funciones: 93.1 Ejecutar las políticas de administración de personal de la Entidad. 93.2 Garantizar que la información relacionada con las funciones del grupo esté disponible y actualizada, con el fin de facilitar la toma de decisiones, así como la permanente actualización de la información de la Superintendencia de Sociedades, en los Sistemas de Información Interna y el Sistema de Información y Gestión del Empleo Público - SIGEP. 93.3 Proyectar los documentos y soportes que se requiera para los procesos de rediseño institucional y modificación de la planta de personal de la Superintendencia de Sociedades. 93.4 Definir, ejecutar y evaluar el Plan de Previsión de Recursos Humanos y el Plan Anual de Vacantes, siguiendo la guía del Departamento Administrativo de la Función Pública. 93.5 Administrar la planta de personal de la Entidad, llevando bases de datos actualizadas de los cargos provistos de acuerdo a la naturaleza jurídica de la vinculación, de los movimientos de personal y en general de todas las situaciones relacionadas con la provisión de empleos. 94/98 RESOLUCION 93.6 Gestionar la vinculación formativa y el ejercicio para estudiantes de programas de pregrado y postgrado, de las prácticas laborales o pasantías y la prestación del servicio de auxiliar jurídico ad honorem en la Entidad. 93.7 Gestionar la modificación y mantener actualizado el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la Entidad, previo análisis de las necesidades del servicio y las solicitudes formuladas por las áreas, de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente. 93.8 Gestionar los procedimientos de selección, ingreso, promoción y desvinculación de los funcionarios, de conformidad con el régimen específico de carrera administrativa de las superintendencias. 93.9 Proyectar los actos administrativos necesarios para proveer las vacantes de la planta de personal, siguiendo los procedimientos establecidos en la ley y garantizando el cumplimiento de los requisitos señalados en los respectivos manuales de funciones. 93.10 Liquidar la nómina de los servidores públicos y realizar los cálculos tendientes al pago de prestaciones sociales de los funcionarios y ex funcionarios y gestionar su reconocimiento. 93.11 Apoyar a los funcionarios de la Entidad en el trámite de retiro de cesantías, en el marco de la normatividad vigente y el procedimiento interno adoptado. 93.12 Proyectar los actos administrativos para dar cumplimiento a las decisiones judiciales o administrativas relacionadas con la administración de personal. 93.13 Proyectar los actos administrativos correspondientes a las situaciones administrativas que puedan surgir respecto de la administración de personal, previo el análisis integral de los documentos soporte. 93.14 Gestionar el cobro a las EPS, ARL, Fondos Administradores de pensiones y Colpensiones, de los saldos a favor de la Entidad por concepto de incapacidades y remitir al Grupo de Cobro Coactivo y Judicial de la Entidad para su cobro por medios judiciales. 93.15 Expedir los certificados de austeridad respecto a los contratos de prestación de servicios, verificando que no existan cargos vacantes en la planta de la Entidad cuyos perfiles puedan desarrollar las actividades señaladas en los estudios previos de tales contratos o que habiendo cargos no sean suficientes para la prestación del servicio. 93.16 Custodiar y mantener actualizado el Archivo Satélite de los expedientes laborales de los funcionarios activos, pensionados y exfuncionarios de la Entidad, así como la de los exfuncionarios de Corporanónimas. 93.17 Expedir las certificaciones laborales requeridas por funcionarios y exfuncionarios de la Entidad, así como las de exfuncionarios de Corporanónimas. 93.18 Preparar, hacer seguimiento y reportar las novedades relacionadas con la nómina de pensionados de la Superintendencia de Sociedades al Fondo de Pensiones Públicas – FOPEP y realizar las gestiones administrativas inherentes a la misma, incluido el pago. 93.19 Gestionar los trámites tendientes al reconocimiento de pensiones, cuotas partes pensionales, bonos, indemnizaciones sustitutivas de la pensión y los asuntos relacionados con las obligaciones pensionales a cargo de la Superintendencia de Sociedades. 93.20 Gestionar el reconocimiento y ordenación del pago de los auxilios funerarios para los pensionados de la Superintendencia de Sociedades. 93.21 Preparar para la firma de la Dirección de Talento Humano los actos administrativos mediante los cuales se re liquida o redistribuye el pago de sustituciones pensionales. 95/98 RESOLUCION 93.22 Expedir los certificados requeridos para los tramites pensionales, a través del Sistema de Certificación Electrónica de Tiempos Laborados – CETIL.
Artículo 93
Resolucion 100-000040 de 2021 · Por medio de la cual se asignan unas funciones y se definen los grupos internos de trabajo en la Superintendencia de Sociedades. EL SUPERINTENDENTE DE SOCIEDADES (E) En uso de sus atribuciones legales, reglamentarias y, en especial, las conferidas por el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, los numerales 34, 38, 40, 41 y 42 y 42 del artículo 8, el Decreto 1736 de 2020, y CONSIDERANDO: Que el artículo 9 de la Ley 489 d
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.