Micelio

Artículo 14

Ley 53 de 1914 · Por la cual se organiza el servicio nacional de medicina legal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Por el Ministerio de Gobierno se dictarán los reglamentos que demanden la presente Ley, para que el servicio sea completo y oportuno.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 53 de 1914