Micelio

Artículo 68

Decreto 14 de 1955 · Por el cual se dictan disposiciones sobre prevención social

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo sesenta y ocho. Si antes de dictarse sentencia de primera instancia, se desvirtuare completamente la prueba que se tuvo en cuenta para el auto de detención preventiva, este se revocará y se pondrá en libertad el sindicado. La providencia anterior deberá ser consultada.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 14 de 1955