Micelio

Artículo 2

El Representante Legal Del Fondo Cooperativo Nacional Actuará Como Liquidador Y, Una Vez Terminado Su Encargo, Rendirá La Cuenta Respectiva Al Gobierno Nacional, Y A La Contraloría General De La República

Decreto 2359 de 1952 · Por el cual se adscribe al Banco Popular el fomento del crédito cooperativo

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El representante legal del Fondo Cooperativo Nacional actuará como liquidador y, una vez terminado su encargo, rendirá la cuenta respectiva al Gobierno Nacional, y a la Contraloría General de la República.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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