Micelio

Artículo 3

Condiciones Para El Desarrollo De Servicios De Alto Impacto Referidos A La Prostitución

Decreto 4002 de 2004 · por el cual se reglamentan los artículos 15 y 28 de la Ley 388 de 1997.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Condiciones para el desarrollo de servicios de alto impacto referidos a la prostitución . Además de la normatividad especial que regule la materia, los inmuebles en los que se presten servicios de alto impacto referidos a la prostitución y actividades afines, deberán cumplir con las siguientes condiciones

1.

Contar con la respectiva licencia de construcción autorizando el uso en el inmueble.

2.

Desarrollar y localizar la actividad y sus servicios complementarios, incluidos los estacionamientos que exigieran las normas urbanísticas, exclusivamente al interior del predio.

3.

Las demás que determinen las autoridades locales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 4002 de 2004