Micelio

Artículo 1

Prestaciones

Decreto 2710 de 2010 · por el cual se dictan algunas disposiciones en materia del Sistema General de Seguridad Social en Salud aplicables a los convenios internacionales de Seguridad Social.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Prestaciones . Cuando en virtud de convenios internacionales de Seguridad Social en vigor, los trabajadores colombianos se desplacen a un país con el que se tiene suscrito convenio, la prestación de los servicios de salud para el cotizante y su grupo familiar se efectuará únicamente en Colombia. El pago de la licencia de maternidad, si hubiere lugar a ello, se seguirá otorgando en las condiciones establecidas en la legislación colombiana.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2710 de 2010