Retiro por conducta deficiente. Los Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares serán retirados en cualquier tiempo del servicio activo por conducta deficiente: a). Cuando su clasificación anual sea pésimo o incompetente de acuerdo con el Reglamento de Calificación y Clasificación del personal de las Fuerzas Militares, en virtud de haber sufrido varias sanciones disciplinarias; b). Por inasistencia al servicio por más de diez (10) días consecutivos sin causa justificada y sin perjuicio de la acción penal correspondiente; c). Cuando hayan acumulado dentro del mismo año calificable el número de puntos en contra que de acuerdo con el Reglamento de Calificación y Clasificación lo lleven a pésimo o incompetente.
Decreto 2337 de 1971 →Vigente
Artículo 102
Retiro Por Conducta Deficiente
Decreto 2337 de 1971 · Por el cual se reorganiza la Carrera de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.