Micelio

Artículo 2

Decreto 915 de 1883 · Sobre la segunda liquidación de los presupuestos nacionales de rentas y gastos para la vigencia económica de 1882 a 1883

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 2.° Fijasen los cómputos legislativos adicionales al Presupuesto de Gastos de la vigencia económica de 1882 á 1883 en la suma de seiscientos veintiséis mil setecientos ochenta y ocho pesos con treinta y cinco centavos ($ 626,788-35) con imputación á los siguientes Departamentos y según el respectivo cuadro de gastos : DEPARTAMENTOS Político interior $144,957 10 Justicia 125 80 Territorios nacionales 40 Relaciones Exteriores 96,080 90 Guerra y Marina 6,548 Instrucción pública 14,231 05 Tesoro 60,000 Deuda nacional 4,124 50 Hacienda 131,019 40 Fomento 85,399 35 Obras públicas 70,000 Correos y Telégrafos 14,262 25 Total $626.00 788 35

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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