Micelio

Artículo 38

Divulgación

Decreto 981 de 2026 · Por el cual se establece e implementa la Política de la Niñez Indígena como la política de Infancia y Adolescencia para los pueblos indígenas de Colombia y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Se implementará una estrategia comunicacional dinámica para la socialización de los componentes, avances y resultados de la política entre las comunidades indígenas, las instituciones y la sociedad en general. La cual, será una guía para los medios de comunicación. promoviendo el respeto de los sistemas de conocimiento propio de los pueblos indígenas, a partir de los siguientes parámetros:

1.

Los medios de comunicación deberán abstenerse de divulgar información que atente contra la niñez indígena. y/o los saberes ancestrales de la población indígena.

2.

Los medios de comunicación serán responsables de garantizar que sus colaboradores respeten los sistemas de conocimiento propio. en el marco de su función social y de la libertad de expresión y de prensa.

3.

Los medios de comunicación en ejercicio de sus actividades y en cumplimiento de su función social. velarán por el respeto de los sistemas propios y adelantarán acciones tendientes a la protección de la propiedad intelectual de la niñez Indígena. El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y las estructuras de gobierno de los pueblos indígenas en el marco de su libre autodeterminación podrán hacerse parte en los procesos que por tales violaciones se presenten, por parte de los medios de comunicación u otros actores.

4.

Cuando sea necesario, las comunidades indígenas podrán proponer estrategias de mejora de divulgación y promoción de los derechos y obligaciones de las comunidades indígenas, en el marco de la garantía de los derechos de la niñez indígena.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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