Con respaldo en las utilidades obtenidas en la acuñación de doscientos mil pesos ($ 200.000) de monedas de níquel, llevada a efecto por el Banco de la Republica en 1936, ábrese un crédito adicional de carácter extraordinario al Presupuesto de Rentas y Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso, con la siguiente imputación:
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO
Artículo 132 bis. Para adquirir acciones en la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, de conformidad con el artículo 12 de la Ley 33 de 1933 . $121.465.24