° Declárase reservada para construir el camino o carretera, pública antes Indicada la zona fie terrenos baldíos y bosques nacionales sobre la ribera occidental del rio Magdalena, entre Puerto Berrío y puerto Wíiches, comprendida dentro de los siguientes linderos generales: "Desde Puerto Berrío en el río Magdalena, éste, aguas arriba, hasta la confluencia del rio Tamar o Támara y el río, hasta donde le rinde sus aguas la quebrada del Palpito; de aquí una recta a la desembocadura de la quebrada de San Juan en, el río Regla o San Bartolomé, y de aquí una recta a Puerto Berrío, punto de partida."
Artículo 1
Declárase Reservada Para Construir El Camino O Carretera, Pública Antes Indicada La Zona Fie Terrenos Baldíos Y Bosques Nacionales Sobre La Ribera Occidental Del Rio Magdalena, Entre Puerto Berrío Y Puerto Wíiches, Comprendida Dentro De Los Siguientes Linderos Generales: "desde Puerto Berrío En El Río Magdalena, Éste, Aguas Arriba, Hasta La Confluencia Del Rio Tamar O Támara Y El Río, Hasta Donde Le Rinde Sus Aguas La Quebrada Del Palpito; De Aquí Una Recta A La Desembocadura De La Quebrada De San Juan En, El Río Regla O San Bartolomé, Y De Aquí Una Recta A Puerto Berrío, Punto De Partida
Decreto 771 de 1926 · por el cual se hace una reserva a lo largo de la ribera del rio Magdalena comprendida entre Puerto Berrio y Puerto Wilches.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.