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Artículo 7

Funciones De La Subdirección De Vigilancia Y Control

Decreto 93 de 2010 · por el cual se adopta la estructura de la Agencia Nacional del Espectro, ANE, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Funciones de la Subdirección de Vigilancia y Control. Son funciones de la Subdirección de Vigilancia y Control de la Agencia Nacional del Espectro, las siguientes

1.

Diseñar e implementar elementos de la política y procedimientos para vigilancia y control del espectro, en concordancia con las políticas nacionales y sectoriales y la normatividad vigente.

2.

Establecer y ejecutar los planes de vigilancia y control sobre el uso del espectro por parte de usuarios autorizados, así como la utilización no autorizada o ilegal del mismo; asegurar el oportuno y cabal cumplimiento de estos planes y procesos de control.

3.

Coordinar, dirigir, controlar y evaluar el desempeño de los diferentes grupos internos de trabajo que se creen dentro de la Subdirección.

4.

Coordinar con las dependencias que correspondan del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, MINTIC, las actividades de Vigilancia y Control sobre los derechos y obligaciones en el uso del espectro por parte de los usuarios autorizados.

5.

Administrar el sistema automatizado de vigilancia y control del espectro, así como las estaciones fijas y móviles asociadas.

6.

Realizar la comprobación técnica de las emisiones e inspección de las estaciones.

7.

Detectar e identificar las transmisiones no autorizadas e informar al Director General de la Agencia sobre el particular.

8.

Informar a la Dirección General sobre las interferencias originadas en otros países.

9.

Investigar las quejas de interferencias, comprobar e identificar las fuentes de las mismas y elaborar el proyecto que las resuelve para firma del Director General de la Agencia.

10.

Adelantar todas las actuaciones administrativas para establecer posibles infracciones al régimen nacional del espectro con excepción de lo dispuesto en el artículo 76 de la Constitución Política, y recomendar las sanciones pertinentes.

11.

Informar al Director General sobre el uso clandestino del espectro para que con base en los procedimientos establecidos, se efectúe el decomiso de los equipos utilizados en dicha actividad.

12.

Controlar y gestionar el manejo del archivo de los expedientes que se tramiten en la Subdirección.

13.

Diseñar indicadores que permitan medir las acciones ejercidas para la Vigilancia y Control del Espectro y monitorear, evaluar las políticas, planes y proyectos relacionados.

14.

Hacer el seguimiento y evaluación técnica de los planes, programas y proyectos generados en la Subdirección y reportar a las instancias correspondientes.

15.

Orientar, dirigir, coordinar y evaluar el desempeño de las funciones asignadas al personal de la Subdirección.

16.

Desempeñar las demás funciones que le sean asignadas por el Director General, las que reciba por delegación y aquellas inherentes a la naturaleza de la dependencia y del cargo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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