Micelio

Artículo 5

º De Las Normas De Contabilidad

Decreto 560 de 1991 · por el cual se establecen normas para el control económico financiero de las Instituciones Sin Ánimo de Lucro del subsector privado del sistema de salud.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º De las normas de contabilidad . Los estados financieros deberán presentarse de conformidad con las normas de contabilidad generalmente aceptadas, de tal forma que la información sea clara y precisa y revele el estado real de la entidad, el resultado de sus operaciones y los cambios en su situación financiera.

Parágrafo

La información financiera debe estar fundamentada en los libros de contabilidad, comprobantes internos y externos que dieron origen a los registros contables, los cuales serán la base para verificar la exactitud de los activos, los pasivos, el patrimonio los ingresos, los costos y los gastos de las entidades sin ánimo de lucro que presten servicios de salud. Cuando la contabilidad se lleve mediante sistemas computarizados, deberán conservarse durante cinco (5) años los programas correspondientes y los medios magnéticos que contengan la información.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 560 de 1991