El patrimonio de la Corporación estará formado por
Dos centavos ($ 0.02) de cada diez que recaude la Intendencia, por razón del impuesto de consumo sobre las mercancías extranjeras que se importen al territorio de San Andrés y Providencia, de que tratan el artículo 4° de la Ley 127 de 1959 y el artículo 6° de la Ley 78 de 1960;
Los aportes del Gobierno Nacional;
Los aportes que de sus ventas o ingresos haga la Intendencia en favor de la Corporación para el desarrollo económico y turístico del Archipiélago
Los aportes a título gratuito que se le hagan;
Los ingresos que por razón de inversiones o por cualquier otro concepto, reciba la Corporación.