Micelio

Artículo 250

Ley 522 de 1999 · LEY 522 DE 1999, 12/08/1999, por medio de la cual se expide el Código Penal Militar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Inspección General de la Fuerza Aérea, conoce en primera instancia, salvo lo previsto en el numeral 3º del artículo 234 de este código, de los procesos penales militares contra Oficiales, Suboficiales y soldados del Cuartel General del Comando de la Fuerza Aérea, Comandantes de Comandos Aéreos, Bases Aéreas, Grupos aéreos, Directores de Escuelas de Formación, Capacitación o Técnicas de la Fuerza Aérea y Comandante de Infantería de Aviación.

Igualmente conoce en primera instancia de los procesos penales militares contra los Oficiales, Suboficiales y soldados de la misma Fuerza, cuyo conocimiento no esté atribuido a otro juzgado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 522 de 1999