Micelio

Artículo 2.2.12.4.6

Listas De Elegibles

Decreto 1083 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Listas de elegibles. Las listas de elegibles de los empleos reservados para ser provistos por personas con discapacidad serán expedidas con base en los resultados del concurso y en riguroso orden de mérito, y serán independientes de aquellas que se conformen para los procesos de selección de ascenso y/o abierto de ingreso por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil. Las listas se publicarán en los mismos términos señalados en el artículo 2.2.6.20 del Decreto número 1083 de 2015.

Parágrafo

Las listas de elegibles resultantes de dicho proceso de selección se utilizarán para proveer única y específicamente los empleos vacantes para las cuales se conformó la respectiva lista. Lo anterior sin perjuicio de lo previsto en el artículo 21 de la Ley 909 de 2004 y demás disposiciones que le sean aplicables.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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