º . Auxilio de transporte . El auxilio de transporte a que tienen derecho los empleados públicos de la Registraduría Nacional del Estado Civil, se reconocerá y pagará en los mismos términos y cuantía que el Gobierno Nacional establezca para los trabajadores particulares. No habrá lugar a este auxilio cuando la Registraduría preste servicio de transporte a sus empleados, cuando el funcionario disfrute de vacaciones, se encuentre en uso de licencia o suspendido en el ejercicio del cargo.
Decreto 660 de 2008 →Vigente
Artículo 6
Decreto 660 de 2008 · por el cual se fijan las escalas de asignaciones básicas de la Registraduría Nacional del Estado Civil y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.