Micelio

Artículo 3

Decreto 2620 de 1994 · por el cual se modifica la conformación de las Juntas Directivas del Fondo de Cofinanciación para la Inversión Rural, DRI, y el Instituto Nacional de Adecuación de Tierras, INAT, y se reglamenta la elección de los representantes de las Entidades Gremiales del sector agropecuario y de las asociaciones campesinas ante la Junta del DRI y de éstas últimas ante la Junta del INAT

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . La Junta Directiva del Instituto Nacional de Adecuación de Tierras, INAT, estará integrada por

1.

Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural o su delegado, quien la presidirá.

2.

El Ministro del Medio Ambiente o su delegado.

3.

El Gerente General del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, INCORA, o su delegado.

4.

El Presidente de la Caja de Crédito Agrario Industrial y Minero o su delegado.

5.

El Gerente del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, o su delegado.

6.

El Director del Departamento Nacional de Planeación o su delegado.

7.

Un representante de Federiego, y

8.

Un representante de las Asociaciones Campesinas Nacionales.

Parágrafo

El Director General del INAT asistirá con voz pero sin voto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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