Micelio

Artículo 3

Autorízase Al Ministerio De Obras Públicas Para Que, Al Ceder Las Acciones Que Reúna, Celebre Con El Sena Un Convenio Que Permita Al Gobierno Nacional Obtener Servicios Para La Reparación De Sus Equipos De Obras Públicas, Como Consecuencia De Los Programas De Formación Profesional Que Para Este Sector Desarrolle El Sena Y Sin Que Tales Labores Perturben Sus Actividades Docentes

Decreto 235 de 1966 · por el cual se autoriza la cesión de unas acciones al Servicio Nacional de Aprendizaje SENA y se extiende al sector oficial sus servicios de capacitación obrera.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Autorízase al Ministerio de Obras Públicas para que, al ceder las acciones que reúna, celebre con el SENA un convenio que permita al Gobierno Nacional obtener servicios para la reparación de sus equipos de obras públicas, como consecuencia de los programas de formación profesional que para este sector desarrolle el SENA y sin que tales labores perturben sus actividades docentes.

Parágrafo

Los trabajadores del Ministerio y demás organismos integrantes de INMECO recibirán formación profesional en este Centro, de acuerdo con las posibilidades del SENA y según lo que sobre el particular se determine en el mismo convenio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 235 de 1966