º. El Comité Asesor de Política Poblacional deberá darse su propio reglamento y asumir las siguientes funciones
Dar apoyo al Gobierno Nacional en la definición de la Política de Población;
Hacer el seguimiento de las acciones adoptadas en la Conferencia Internacional de Población y Desarrollo de las Naciones Unidas celebrada en El Cairo;
Coordinar los programas y acciones referentes a las políticas poblacionales realizados por las diferentes Instituciones, tanto públicas como privadas;
Orientar las investigaciones necesarias sobre los diversos aspectos relativos a población;
Difundir y fomentar información sobre población, medio ambiente y desarrollo sostenible;
Hacer las gestiones pertinentes para la obtención de recursos económicos de origen nacional o internacional para el desarrollo de programas tendientes a promover políticas poblacionales;
Coordinar con las Organizaciones No Gubernamentales su participación en los programas y acciones referentes a las políticas poblacionales.