Micelio

Artículo 1

Prorrógase El Plazo Establecido En El Artículo 1° Del Decreto 1419 De 1986, Y En El Artículo 1° Del Decreto 643 De 1988, Para La Zona Franca Transitoria Que Funciona En Los Terrenos Del Recinto Ferial De La Corporación De Ferias Y Exposiciones S

Decreto 791 de 1990 · por el cual se prorroga el plazo establecido en el Decreto 1419 de 1986 y en el Decreto 643 de 1988.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Prorrógase el plazo establecido en el artículo 1° del Decreto 1419 de 1986, y en el artículo 1° del Decreto 643 de 1988, para la Zona Franca Transitoria que funciona en los terrenos del recinto ferial de la Corporación de Ferias y Exposiciones S. A., Corferias, hasta el 10 de mayo de 1992, para la celebración de eventos internacionales de carácter comercial, cultural o científico que funcionen dentro de los linderos de los inmuebles a que se refiere el artículo 1° del Decreto 1419 de 1986.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 791 de 1990