Articulo 16. Previa autorización del consejo directivo, el director podrá Delegar alguna o algunas de las funciones, a que se refieren los literales a), g ), h) y k) del artículo anterior, pudiendo revocar los actos que se Hubieren dictado por razón de la delegación y reasumir el conocimiento.
Decreto 539 de 1969 →Vigente
Artículo 16
Previa Autorización Del Consejo Directivo, El Director Podrá Delegar Alguna O Algunas De Las Funciones, A Que Se Refieren Los Literales A), G ), H) Y K) Del Artículo Anterior, Pudiendo Revocar Los Actos Que Se Hubieren Dictado Por Razón De La Delegación Y Reasumir El Conocimiento
Decreto 539 de 1969 · Por el cual se aprueban los estatutos del Instituto Colombiano de Comercio Exterior (INCOMEX)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.