Micelio

Artículo 3

Los Funcionarios A Quienes Toque El Cumplimiento De Este Decreto, Se Lo Prestarán Tan Luego Como Tengan Conocimiento De Él, A Menos Que, En Virtud De Disposiciones Vijentes En La Materia, Se Hayan Hecho Anticipadamente Gastos Hasta Determinado Día

Decreto 428 de 1876 · Sobre suspensión de gastos en el Departamento de Instrucción pública

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los funcionarios a quienes toque el cumplimiento de este decreto, se lo prestarán tan luego como tengan conocimiento de él, a menos que, en virtud de disposiciones vijentes en la materia, se hayan hecho anticipadamente gastos hasta determinado día. En tal caso, después de ese día ningún otro gasto se hará hasta nueva resolución.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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