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Artículo 2.2.20.3.1.11

Áreas De Capacitación Para El Cuerpo Aeronáutico

Decreto 1083 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Áreas de capacitación para el cuerpo aeronáutico. El Centro de Estudios Aeronáuticos (CEA) impartirá la capacitación al cuerpo aeronáutico de la Entidad, para atender, entre otras, las siguientes temáticas

1.

Gestión de los servicios de tránsito aéreo (en inglés Air Traffic Management (ATM))

2.

Gestión y Organización del Espacio Aéreo (ASM).

3.

Servicio de Gestión de Información Aeronáutica (en inglés Aeronautical Informa­tion Service (AIM)).

4.

Seguridad del Tránsito Aéreo/Sistemas Electrónicos para la Seguridad del Tránsito Aéreo (ATSEP).

5.

Servicio de Extinción de Incendios (SEI).

6.

Búsqueda y Salvamento (SAR).

7.

Meteorología Aeronáutica (MET).

8.

Seguridad de la Aviación Civil - AVSEC/ Facilitación.

9.

Operaciones aeroportuarias.

10.

Gestión de la Seguridad Operacional.

11.

Investigación de accidentes.

12.

Certificación, Inspección, Vigilancia y Control en Seguridad Operacional y de la Aviación Civil.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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