2.12.3.2.3. Entes territoriales. Los entes territoriales y sus entidades descentralizadas, podrán participar económicamente en la promoción y creación de los mercados mayoristas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2° y 3° de la Ley 60 de 1993. (Decreto número 397 de 1995, artículo 6°)
Decreto 1071 de 2015 →Vigente
Artículo 6
)
Decreto 1071 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.